Del Consejo Deportivo.

15.- El Conejo Deportivo actuará en forma colegiada, responsable e imparcial para proponer, emitir, resolver y sancionar las situaciones y problemas, que dentro de las actividades deportivas de la Liga, se presenten durante la duración del ejercicio del mismo.

16.- La Vigencia del Consejo Deportivo será por temporada, siendo facultad del presidente deportivo en gestión, el poder reelegir a sus miembros, si estos continúan siendo directivos de división y/o de categoría.

17.- Sus facultades se inician a partir de la primera junta que celebre el consejo, una vez integrado cuando menos un 80 % de la totalidad de sus participantes, y terminan al concluir el último juego de la última selección temporada.

18.- El Consejo Deportivo efectuará juntas ordinarias semanalmente como plazo máximo, quedando a la elección del Vicepresidente deportivo el día y hora designados. Se recomienda que las juntas ordinarias se celebren el lunes o el martes, para así poder estudiar y resolver las situaciones que se presentaron durante la semana e informar sus acuerdos, decisiones y sus sanciones.

19.- El Consejo Deportivo efectuará juntas extraordinarias, cuando sea necesario y deberán ser convocadas por el Vicepresidente Deportivo, comunicando la fecha y hora por escrito si es posible, o si no en forma verbal.

20.- Únicamente podrán estar presentes en las juntas del Consejo Deportivo los representantes del mismo, un representante de la Mesa Administrativa y, si es el caso, la o las personas citadas para aclarar una situación en particular.

21.- El Consejo Deportivo deberá aplicar los siguientes procedimientos:

  A.- Las juntas, ya sean ordinarias o extraordinarias, se efectuarán el día señalado y a la ora establecida.

  B.- Las juntas se deberá efectuar con la mayor agilidad posible. tratando los asuntos lo más concreto posible y sin extenderse más de lo necesario.

  C.- Se pasará lista de presentes, misma que quedará registrada en la libreta de asistencias, que deberá ser firmada por todos y cada uno de los participantes.

D.- Se nombrará al Secretario de la junta, para que lleve la minuta correspondiente, elabore los citatorios y dictámenes que se generaron y los haga legar al o a los interesados.

E.- El puesto de Secretario será cubierto por todos y cada uno de los integrantes del Consejo Deportivo, con la excepción del Vicepresidente Deportivo, en forma ordenada e iniciando por los Directivos de las Divisiones Juveniles y terminando con los de Escuelita; repitiéndose esta secuela las veces que sea necesario.

F.- Los asuntos se tratarán por cada División y por cada Categoría, abriendo la primera sesión Escuelita y continuando en forma ascendente hasta llegar a la División Juvenil Superior; para la segunda sesión la División Infantil será quien inicie y terminará Escuelita, y así sucesivamente hasta completar el ciclo, miso que se repetirá las veces que sea necesario.

G.- Sólo en casos de urgencia se les permitirá a los integrantes del Consejo el retirarse antes de que concluya la sesión.

H.- Para que os acuerdos tengan validez, se requiere la presencia de por lo menos la mitad mas uno de los integrantes del Consejo Deportivo.

I.- Los acuerdos y sanciones se decidirán por mayoría de votos.

J.- Para la toma de decisiones dentro del Consejo Deportivo, los únicos que no tendrán voto pero sí voz  para un caso en particular, serán los Directivos de la División y Categoría en cuestión.

K.- El Secretario en turno levantará una minuta general que contenga todos los acuerdo y sanciones realizados, la que debe estar acompañada de sus respectivos anexos (Protestas, recibos del dinero que debe acompañar a la protesta, reporte del Directivo de la División o Categoría, escritos aclaratorios, box score, etc.).

L.-El Secretario deberá llenar el formato de resolución, de preferencia en el momento en que se tome la decisión, y deberá recabar las firmas de los miembros del Consejo Deportivo presentes en la junta.

M.- La resolución será suscrita por el Vicepresidente Deportivo, se elaborará por quintuplicado y se distribuirá como sigue:

            Para el interesado

            Para el Jefe de la Categoría

            Para el expediente del Jugador

            Para la Mesa Administrativa

            Para la minuta del Consejo Deportivo

22.- El procedimiento sancionador se llevará a cabo de la siguiente manera:

A.-E Jefe de la Categoría y/o el Director de División presentarán al Consejo Deportivo, los antecedentes y elementos necesarios para iniciar el procedimiento sancionador, aportando los documentos y testimonios correspondientes.

B.- Una ve revisados los antecedentes, de ser necesario, se girarán los citatorios a las partes involucradas, debiendo acusar recibo del día y hora en que se les entregó.

C.- Los citatorios podrán entregarse el mismo día en que se vaya a celebrar la junta del Consejo Deportivo, pero se sugiere se haga la notificación con una mayor anticipación.

D.- Durante la Junta del Consejo, se escuchará primero al Directivo de la Categoría o División que estuvo presente durante los hechos, quien expondrá detalladamente y en forma imparcial lo sucedido; posteriormente se escuchará, por separado, a la o las otras partes involucradas y sólo de ser necesario se efectuará el careo correspondiente.

E.- Concluidos estos puntos, se procederá al análisis y discusión del asunto y se tomará la decisión correspondiente por medio de votación.

F.- E caso de no asistir los Managers y/o Coaches, estos se harán acreedores a una amonestación escrita. En caso de reincidir en dicha falta de asistencia, los Managers y/o Coaches se harán acreedores a la sanción de destitución de su cargo, previa presentación de una solicitud escrita por parte del Director de campo y por acuerdo del Consejo Deportivo.

G.- La resolución será elaborada por el Secretario en turno suscrita por el Vicepresidente Deportivo, firmada por todos los integrantes del Consejo Deportivo que estén presentes y se distribuirá como sigue:

            Para el interesado

            Para el Jefe de la Categoría

            Para el expediente del Jugador

            Para la Mesa Administrativa

            Para la minuta del Consejo Deportivo

Los formatos necesarios para que el Consejo Deportivo efectúe sus funciones se describen en el Apéndice I.

             
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